Alegaciones al Proyecto de decreto por el que se regulan las áreas de gestión clínica del Servicio Gallego de Salud

General 17/02/2014

Alegaciones al Proyecto de decreto por el que se regulan las áreas de gestión clínica del Servicio Gallego de Salud enviadas por la Junta Directiva de este colegio médico:

PRIMERA.- Sobre lo dispuesto en el Articulo 10, en cuanto a la designación del Director/a del Área de Xestión Clínica, no creemos que deba ser libre designado/a por la Xerencia con Concurso previo o sin él. Por la propia esencia de este tipo de Unidades, el Director debe ser decidido por sus integrantes, con el consenso del Equipo que lo compone.

SEGUNDA.- Sobre lo dispuesto en el Artículo 11, personal adscrito a las áreas de gestión clínica. Se habla de la adscripción voluntaria de los profesionales al Área de Xestión, pero nada se dice de la situación en la que quedan los profesionales que no quieran adscribirse y de las relaciones de los mismos con el resto del equipo, sus obligaciones, competencias, etc.  En el artículo 15 apartado 2b se hace referencia a ello sin concreción alguna.

TERCERA.- En ningún apartado se excluye la posibilidad de externalizar las Áreas de Gestión Clínica, cuestión que la normativa estatal permite expresamente.

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