INTERCAMBIO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE ORGANOS HUMANOS DESTINADOS AL TRASPLANTE: Directiva 2012/25/UE

General 05/11/2012

En el año 2011 se trasplantaron unos 30.000 órganos en toda la Unión Europea, muchos de los cuales fueron trasladados entre distintos Estados miembros. A fin de garantizar un elevado nivel de salud pública, el intercambio de órganos humanos entre Estados miembros requiere un conjunto uniforme de normas de procedimiento pormenorizadas para la transmisión de información relativa a la caracterización de los órganos y los donantes, la trazabilidad de los órganos y la notificación de eventos y reacciones adversos graves.

Las normas de calidad y seguridad de los órganos humanos destinados al trasplante, ya se regularon en la Directiva 2010/53/UE, que estableció un marco jurídico comunitario inspirado en el modelo vigente en España, e incluía normas concretas para garantizar el nivel más alto de calidad y seguridad de los órganos y que todas las donaciones sean voluntarias y gratuitas.

La Directiva 2012/25/UE, recientemente aprobada, complementa esta normativa de 2010, que impulsó la Presidencia española de la UE y establece los procedimientos de información para el intercambio entre Estados miembros de órganos humanos destinados al trasplante.

En el presente Boletín “Europa al día” ampliamos esta información.



376 intercambio de organos destinados al trasplante en la UE


376 Directiva de ejecución 2012.25.UE trasplantes




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