Resumen Reunión Consello Galego de Colexios Médicos, Responsables Colegiales de Cooperación y Solidaridad Internacional, MSF y Dirección RRHH SERGAS

Cooperación 30/05/2018

RESUMEN REUNION CONSELLO GALEGO DE COLEXIOS MÉDICOS, RESPONSABLES COLEGIALES DE COOPERACION Y SOLIDARIDAD INTERNACIONAL, MSF y DIRECCION RRHH SERGAS

Santiago de Compostela, 18 de Abril 2018

  1. Se confirmó por parte de la Dirección de RRHH del SERGAS que en la legislación gallega (en diferentes normativas, decretos) ya se aplica la Ley de Voluntariado 2015 y su Disposición Adicional Tercera que hace referencia a la intervención del personal sanitario del SNS en emergencias humanitarias por un periodo de 3 a 6 meses. El Consello y MSF solicitan a la Dirección de RRHH, la cual acepta, la redacción de un informe –a enviar a las Xerencias de las EOXIs- en el que se refleje la forma en que la normativa autonómica gallega se adapta a la normativa estatal (Ley del Voluntariado 2015) en lo que se refiere a la aplicación efectiva de la Disposición Adicional Tercera. Disponer de dicho informe, realizado por los servicios jurídicos o quien desde la Dirección de RRHH consideren oportuno, es fundamental para contar con un único texto de referencia que sea sencillo de consultar por el personal médico sanitario y que muestre que se reconocen todos los derechos para el personal (de todo tipo: laboral, funcionario, estatutario) durante el tiempo trabajado en emergencias humanitarias, asimilando los efectos de su trabajo en las mismas condiciones (antigüedad, puntuación,….) que si hubieran estado haciéndolo para el sistema público de salud gallego.
  2. Para facilitar dicha aplicación y resolver problemas puntuales que puedan plantearse se acuerda con RRHH del SERGAS la designación por su parte de un/a interlocutor/a técnico estable con el que gestionar las posibles incidencias. Por parte del Consello, los contactos serían la Dra Rosa Arroyo (COM Coruña) y la Dra. Margarita Arandia (COM Ourense) y por MSF, María Díaz.
  3. Se considera necesario que en el contexto del punto 1) las Xerencias de las EOXIs reciban una comunicación de RRHH que indique que, salvo excepciones muy concretas y en periodos muy determinados, los permisos y excedencias solicitados serán siempre concedidos en virtud de la legislación estatal antes reseñada. Esta demanda es aceptada por la Dirección de RRHH.
  4. La concesión de estos permisos debe incluir también al personal médico eventual y no penalizarlo en las bolsas de contratación dependientes del SERGAS ni en la baremación de las mismas.
  5. El tiempo trabajado en actividades humanitarias debe ser computado y considerado como un mérito en los procesos de selección de personal médico del SERGAS.
  6. Se confirma también que todos los médicos autorizados por el SERGAS por periodos superiores a 6 meses para prestar servicios a ONGs que desarrollen programas de cooperación serán considerados en situación de servicios especiales y tendrán, en base al Estatuto Marco del 2003, derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad (incluyendo trienios y carrera profesional) y a la reserva de la plaza de origen.
  7. Asimismo, y en virtud del Decreto 29/2017 de la Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, los médicos que obtuvieren licencia del SERGAS para participar en programas y proyectos de cooperación al desarrollo de organismos oficiales, organizaciones internacionales y ONGs, por periodos menores a 6 meses, mantendrán la reserva de plaza y el tiempo de duración de la licencia se computará como servicio activo a todos los efectos (incluyendo trienios y carrera profesional).
  8. El Consello Galego, los responsables de cooperación en los Colegios Médicos de Galicia y MSF Galicia, entienden que estos aspectos (puntos 4 al 8) deben contemplarse en una normativa específica sobre Cooperación y Voluntariado Sanitario de la Conselleria de Sanidade de la Xunta de Galicia.
  9. Varias CCAA (Andalucía, Aragón, Castilla León, Castilla La Mancha, Ceuta, Euskadi, Melilla, Murcia, País Valenciano…) del Estado contemplan en sus normativas muchas de las demandas planteadas e incluso retribuyen, en determinadas condiciones, el trabajo solidario de sus médicos. En esa línea, el Consello Gallego de Colexios de Médicos propone a la Consellería de Sanidade buscar conjuntamente fórmulas que permitan soluciones similares con el aval tanto de la Fundación de los Colegios Médicos para la Cooperación Internacional (FCOMCI) como de organizaciones de prestigio en este ámbito (Médicos Sin Fronteras…).

Noticia Relacionada:

- Aprobación de Decreto en Valencia:

https://valenciaplaza.com/sanidad-impulsa-la-participacion-de-su-personal-en-proyectos-de-cooperacion-y-acciones-humanitarias

- La nueva Ley de Voluntariado recoge las propuestas de la Fundación y de MSF en favor del trabajo de los profesionales sanitarios en emergencias humanitarias


Compartir en:

Haz un comentario



*Campos obligatorios

Código de verificación
He leido y acepto la Política de privacidad*