SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA SOBRE REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS

General 06/10/2010

El Tribunal de Justicia da la razón a Francia contra la Comisión Europea y considera que la autorización previa que exige este país a los ciudadanos que reciben asistencia no hospitalaria planificada en otro Estado miembro, cuando se utilizan equipos especialmente onerosos, no es contraria al derecho de la UE.

La sentencia, dictada el 5 de octubre, reconoce que el objetivo de mantener un servicio médico y hospitalario equilibrado y accesible a todos, puede estar comprendido en las excepciones por razones de salud pública previstas en el Tratado UE, en la medida en que contribuye a la consecución de un elevado grado de protección de la salud.

En el presente Boletín “Europa al día” incluimos el texto de esta sentencia y de las conclusiones del Abogado General.






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