Acceso Extraordinario al Título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias

General 30/09/2024

Consellería de Sanidad ha publicado la Orden del 25 de septiembre de 2024, que establece el procedimiento para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, de acuerdo con el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio. Este acceso está dirigido a los profesionales que cumplan con los requisitos establecidos y deseen certificar su experiencia en el área de urgencias y emergencias.

¿Quién puede solicitar el título?

Los profesionales con experiencia en centros sanitarios públicos o privados autorizados, según el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), pueden optar por este título. Se requiere que la experiencia se acredite en centros con las siguientes identificaciones:

  • Centro C.1.1 con unidad asistencial U.68
  • Centro C.2.5.7 con unidad asistencial U.100

Procedimiento de Solicitud

El Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, establece el procedimiento para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias. Esta normativa incluye disposiciones para la certificación del ejercicio profesional que facilita el acceso a este título.

¿Quiénes Pueden Solicitarlo?

Pueden solicitar el acceso aquellas personas que posean la titulación correspondiente y que acrediten ejercicio profesional en:

  • Centros sanitarios públicos (C.1.1).
  • Centros sanitarios privados (C.2.5.7).

Procedimiento de Solicitud

  1. Presentación Electrónica:

    • Las solicitudes y certificados deben presentarse obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, utilizando un certificado electrónico válido.
  2. Presentación Gradual:

    • La presentación de solicitudes se realizará de forma gradual según el mes de nacimiento del solicitante. Cada grupo dispondrá de un plazo de 15 días naturales para la presentación.
  3. Acreditación del Ejercicio Profesional:

    • El ejercicio profesional se acreditará mediante un certificado expedido por la unidad correspondiente de la comunidad autónoma.

Competencias

Unidades Competentes para la Emisión de Certificados

  • Centros Públicos: La certificación será emitida por la Dirección Xeral de Recursos Humanos del Servizo Galego de Saúde.
  • Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061: La certificación será expedida por el director de la Fundación.
  • Centros Privados: La Secretaría Xeral Técnica de la Consellería de Sanidade emitirá un certificado único que reflejará la totalidad del ejercicio profesional en centros privados.

Procedimientos Específicos

Anexo I: Solicitud en Centros Públicos

Para solicitar el certificado en centros públicos:

  1. Acceder al expediente profesional electrónico en Fides.
  2. Generar y revisar un borrador de servicios prestados.
  3. Confirmar la solicitud para que sea firmada por el órgano competente.
  4. Si hay discrepancias, contactar al servicio de personal correspondiente.

Anexo II: Solicitud en Centros Privados

Para solicitar el certificado en centros privados:

  1. Solicitar certificados de servicios en cada uno de los centros privados.
  2. Unir los certificados a la solicitud de certificado único a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
  3. Recibir el certificado único tras la verificación, que se notificará a través de Notifica.gal.

Información completa: DOGA

 


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