La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha emitido sentencia reciente en la que estimando el recurso de apelación interpuesto por el asesor jurídico del Colegio Oficial de Médicos de Ourense reconoce al médico demandante, que realiza módulos de atención continuada para facultativos exentos de guardias mayores de 55 años, el derecho a que se actualice su retribución por módulos de atención continuada condenando al Servicio Galego de Saúde a incrementar dicha retribución con las subidas correspondientes mas los atrasos desde el año 2014 así como los intereses de demora correspondientes.
El motivo de la reclamación es la negativa del SERGAS a actualizar la remuneración por módulos aplicando los incrementos que se pactaron para los años 2005, 2006 y 2007. Teniendo en cuenta que en esos tres años se incrementó en 2.-€ anuales la hora de guardia de presencia física ordinaria para el personal no exento de guardias y resultando que un módulo de atención continuada prestado por un facultativo exento de guardias equivale a un módulo de 12 horas de guardia de presencia física en guardias realizadas por personal no exento, la cuantía de la remuneración dejada de percibir es importante, máxime teniendo en cuenta la posibilidad de reclamar los atrasos.
La asesoría jurídica del Colegio Oficial de Médicos de Ourense se plantea realizar una reclamación colectiva sobre este asunto, por lo que aquellas/os colegiadas/os que estén interesados en ello pueden ponerse en contacto a través de la oficina colegial.